El Ministerio de Hacienda va a aplicar la reducción del IVA del 21 al 10% por parte del sector del arte sacro para la producción de mantos bordados en oro.
Llega, en el actual marco de reactivación económica de la ciudad, tras un proceso administrativo emprendido por la Asociación Gremial de Arte Sacro de Sevilla, entidad que ya contó con el apoyo unánime del pleno municipal del Ayuntamiento de Sevilla que aprobó una moción en 2018 en la que se instaba al Gobierno de España a que iniciara los trámites administrativos necesarios para que se aplicara el IVA reducido del 10 por ciento a todas las entregas de bienes realizadas por artesanos y profesionales cuya actividad principal sea la creación, el mantenimiento o la restauración del arte sacro.
Una comparecencia en los medios
El alcalde de Sevilla, Juan Espadas, ha reafirmado el apoyo del gobierno municipal a este sector durante una comparecencia ante los medios junto al presidente de esta asociación, Francisco Carrera Iglesias ‘Paquili’, quien ha dado a conocer este significativo avance logrado por esta entidad para todo el gremio de los bordadores a nivel nacional.
Paquili ha señalado que supone “un primer paso muy significativo que se obtiene para todo el territorio nacional desde Sevilla, capital mundial del arte sacro, y que abre la puerta a que se pueda conseguir esta reducción fiscal para todas las disciplinas, no solo el bordado”. Asimismo, Carrera Iglesias ha destacado la labor del equipo multidisciplinar que ha colaborado con la asociación para hacer posible esta reducción y que ha estado encabezado por el abogado de la entidad, José Miguel Carpintero-Acuaviva, e integrado por la especialista en Patrimonio, Lourdes Fernández, el historiador Andrés Luque y el artista Francisco Javier de los Reyes.
La reducción del IVA al 10%
La reducción del IVA para este tipo de bienes reduce el coste en un 11%. En el procedimiento administrativo, la Agencia Tributaria ha considerado que la entrega de manto bordado para Virgen sea considerada a efectos fiscales como una obra de arte y, por tanto, le sea de aplicación el tipo reducido del 10%.
A efectos fiscales, es considerada como obra de arte la creación de manto bordado hecho a mano de Virgen cuya descripción se corresponda por una serie de características.
En primer lugar, debe tratarse de un tapiz tejido a mano consistente en este elemento y que incorpore bordados con hilo de oro, realizado sobre un terciopelo o tejido base en el que irá confeccionada la prenda sobre un bastidor, atirantado de nuevo con un tejido de lienzo moreno. También el bordado se debe realizar con hilo de oro y con hilo de seda amarillo para sujetar las puntadas del hilo de oro.
Además el tejido base debe ser terciopelo de seda natural, con un diseño original y único y los trabajos pueden durar un par de años y ser realizados por varias personas.