La Hermandad de Monte-Sión da por zanjada la polémica suscitada en torno a las elecciones de 2017 y las respectivas presentadas por un grupo de hermanos, encabezado por el entonces candidato a hermano mayor en esos comicios, Guillermo Baena.
Recientemente, ha emitido un comunicado sobre los hechos acontecidos a lo largo de estos años.
La retirada de la candidatura de Guillermo Baena, las causas y su impugnación
El mismo día de las elecciones, el 15 de diciembre de 2017, la candidatura comandada por Guillermo Baena anunció su retirada. Los motivos expresados fueron las «incidencias en la conformación del censo electoral», que «afectan directamente a la legalidad y garantías» y «constituye causa de impugnación legal del mismo».
Por otro lado, Baena destacó en aquel momento que “desde este mismo momento y a los efectos pertinentes, es obligado anunciaros el ejercicio de las acciones legales en las jurisdicciones que corresponda por los motivos expresados, como única solución, lamentablemente, a la situación descrita”.
Estos comicios fueron confirmados por la delegación de asuntos jurídicos, Miguel Vázquez Lombo, posteriormente por el arzobispo Juan José Asenjo y ratificado hasta por la Santa Sede., donde el mismo Tribunal Supremo del Vaticano rechazó la impugnación del mismo.
La vía civil y penal de las elecciones
También por la vía civil. En total fueron hasta siete las demandas interpuestas y todas resultaron plenamente rechazadas. Intervinieron los Juzgados de Primera Instancia competentes, la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo.
Por la vía penal presentó una querella criminal contra doce personas. Nueve de ellas miembros de la hermandad, incluido el director espiritual, y tres abogados asistentes al palacio arzobispal, cuyo resultado fue el pleno sobreseimiento y el archivo de la misma.
En total se han obtenido hasta treinta resoluciones favorables a la hermandad y ninguna en contra.
«Falta de prueba de las aseveraciones»
Además, la Audiencia señalaba la «falta de prueba de las aseveraciones» del promotor del litigio, exponiendo que «el decreto del Dicasterio para los laicos, la familia y la vida dado en Ciudad del Vaticano el día 2 de octubre de 2019 resuelve las cuitas del asociado decidiendo confirmar las decisiones del arzobispo que ratifican la validez del cabildo general de elecciones a hermano mayor de la hermandad», documento que «contiene argumentos que hablan claro sobre la justeza del censo y su conformación y no respaldan las acusaciones del demandante».
«Las posibles irregularidades son mínimas y no achacables a un determinado proceder torticero de la hermandad y desde luego no logran informar de un cambio o alteración del derecho de sufragio asociativo que modificara el sesgo de la designación del mayor de los hermanos«, determinaba la Audiencia a la hora de zanjar la «inexistencia de vulneración del derecho individual de asociación del demandante y la falta de prueba sobre el supuesto desajuste con los principios constitucionales de la asociación».
