La Hermandad Matriz de Almonte ha anunciado la implementación de nuevas normas destinadas a la ordenación de hermandades del Rocío y la admisión de nuevas hermandades filiales. Una iniciativa en la que lleva meses trabajando y que entra en vigor desde el pasado 29 de junio.
En este contexto, las nuevas normas proponen un modelo de admisión de hermandades que promueve la integración y el fortalecimiento de la devoción rociera. Estableciendo la creación de tres categorías de hermandades:
Hermandades Filiales: Con plenos derechos en los actos anuales y en la Romería del Rocío.
Hermandades agregadas a la Matriz: Una nueva categoría intermedia que proporciona mayores derechos que las actuales no filiales y que permitirá una transición más fluida para las hermandades que buscan convertirse en filiales.
Hermandades de culto a la Virgen del Rocío: Sustituyendo la categoría de No Filial, mantendrán derechos y deberes similares a los actuales.
Requisitos, derechos y deberes de las hermandades agregadas a la Matriz
Las hermandades agregadas a la Matriz no es una categoría cerrada, tendrán que pasar todas las que reúnan las nuevas condiciones para ser filiales de la Matriz. También podrá ser una solución para aquellas filiales que, por circunstancias diversas, puedan experimentar un retroceso en su capacidad de atender sus obligaciones. Esta nueva categoría, previo acuerdo con la Hermandad Matriz, seguirá el orden determinado por su antigüedad de erección canónica, sin ser determinante para ser Hermandad Filial de la Matriz.
Tienen que estar erigidas canónicamente, como hermandad con una antigüedad mínima, de al menos, cinco años. Podrá constituirse en cualquier diócesis tenga o no ya reconocida hermandades filiales.
También deberán asistir a algunas de las convocatorias extraordinarias que organiza anualmente la Hermandad Matriz (Vigilia de la Inmaculada, Fiesta de la Luz), así como a las Asambleas que se convocan para la organización de la Romería del Rocío, contar con sede canónica y con el apoyo de su director espiritual, una hermandad filial que la amadrine y le haga seguimiento,
Manifestar una vida asociativa activa comprometida con la parroquia donde radique y con la Iglesia, cumpliendo sus estatutos canónicos. Anualmente podrá presentar su memoria donde se justifique su actividad.
Por otra parte, debe de tener disponibilidad y capacidad para asistir a la Romería de Pentecostés con una organización propia y autónoma que aglutine a sus hermanos, contar con un grupo joven activo y acreditando la actividad y participación en dicha hermandad, punto esencial para el crecimiento de la devoción rociera y su futuro generacional y no haber tenido constituida una comisión gestora, al menos, en los cinco años anteriores.
Los derechos y deberes de una hermandad agregada a la Matriz
Sobre las peregrinaciones extraordinarias, pasará a celebrar su misa extraordinaria de peregrinación el sábado en la tarde de la misma semana correspondiente a la que tiene actualmente en el calendario. Dicha misa será propia o compartida con otras hermandades de su categoría, dependiendo de la semana correspondiente y si en ella coincidiera con otra. Para dicha celebración podrá acudir con su simpecado e insignias que colocarán bajo el presbiterio. En el Rosario de la noche asistirán con su simpecado y ocuparán el lugar que le corresponda por la antigüedad de su categoría.
En la romería del Rocío, podrán hacer salida de gala en sus pueblos, ciudades o barrios donde radiquen con su carreta/simpecado, pero el camino lo harán con la hermandad madrina, acompañando su simpecado (madrina). Podrán tener sus simpecados durante la romería en el lugar donde se encuentre su hermandad, debiendo para ello cumplir con las pautas exigidas por la Matriz: casa propia, no acudir con el simpecado a ninguno de los cultos programados, siendo expuesto en su propia casa para venerarlo internamente, con la mayor dignidad posible.
La hermandad que pernocte durante la Romería del Rocío en el mismo lugar que su hermandad madrina, para los cultos prevalecerá el simpecado de la madrina. No harán la presentación con su carreta y simpecado en la romería de Pentecostés, haciéndolo con la carreta y simpecado de su hermandad madrina y podrán realizar misa de despedida si hubiese disponibilidad con su simpecado el Lunes de Pentecostés o el Martes siguiente para la despedida ante la Virgen del Rocío o bien rezarán una salve de despedida.
Requisitos mínimos para ser Hermandad filial de la Matriz
Para ser una hermandad filial de la Matriz, deben de estar erigidas canónicamente con una antigüedad mínima, de al menos, siete años y estar constituida en una diócesis fuera de la diócesis de Andalucía, donde no haya erigida una hermandad filial de la Matriz y siempre con posterioridad al año 2003.
No podrán existir en un mismo municipio, ni dentro ni fuera, de Andalucía salvo en la categoría de cultos.
Aquellas que se constituyan, dentro de Andalucía deberán contar con un mínimo de hermanos del 1% de la población censada, deben de asistir con regularidad a las convocatorias extraordinarias que organiza anualmente la Matriz, así como a las asambleas y reuniones anuales que se convocan para la organización del Romería del Rocío.
Tienen que contar con sede canónica, con altar propio para su Simpecado y con el apoyo de su director espiritual, manifestar una vida asociativa activa y comprometida con la parroquia donde radique y con la iglesia, cumpliendo los estatutos canónicos, tener capacidad para organizar de forma autónoma y con el mayor acompañamiento posible el camino del Rocío según las indicaciones de la Hermandad Matriz y tener disponibilidad y capacidad para asistir a la Romería de Pentecostés con una organización propia que aglutine a sus hermanos en la aldea.
Otros requisitos serán Contar con, al menos el simpecado de culto, no haber tenido constituida una comisión gestora, al menos, en los cinco años anteriores y contar con un grupo joven activo y acreditando la actividad y participación en dicha hermandad.
En igualdad de condiciones para ser admitida se primará a aquellas ciudades y municipios de mayor tamaño y con posibilidades de crecimiento, se primará a aquellas ciudades y municipio localizados en el trazado de los nuevos caminos de El Rocío.
Los derechos y deberes de hermandades de culto
Sobre las hermandadesvde culto, las peregrinaciones extraordinarias celebrarán su misa extraordinaria de peregrinación el domingo correspondiente al calendario anual. Dicha misa será compartida con su hermandad madrina. Para dicha celebración acudirá con las insignias que colocaran debajo del presbiterio.
En el rosario de la noche asistirán con su simpecado y ocuparán el lugar que le corresponda por la antigüedad de su categoría.
En la romería del Rocío, podrán hacer salida de gala en sus pueblos, ciudades o barrios donde radiquen con su carreta/simpecado, pero el camino lo harán con la hermandad madrina, acompañando su simpecado (madrina) y harán la presentación con la carreta y simpecado de su hermandad madrina en la Romería de Pentecostés.
Las asociaciones del Rocío
Para finalizar, las asociaciones del Rocío podrán organizar misa en el santuario del Rocío fuera del calendario oficial de peregrinaciones y acompañarán a su hermandad madrina en los actos de cultos que realicen durante el año y para la romería del Rocío.
Queda abierta la posibilidad de una vez que entren en vigor dichas normas las hermandades agregadas a la Matriz, formen parte y puedan asistir a la Asamblea General de presidentes y hermanos mayores que anualmente convoca la Hermandad Matriz.
La no comparecencia de las hermandades que tienen obligación de peregrinar anualmente al santuario del Rocío, sin ninguna justificación, dará lugar a la perdida de la categoría que ostente en ese momento, salvo las hermandades de culto.
